¡Cuan diferente entre nosotros! Se nos vejaba con una conducta que, ademas de privarnos de los derechos que nos correspondian, nos dejaba en una especie de infancia permanente, con respecto a las transacciones publicas. Si hubiesemos siquiera manejado nuestros asuntos domesticos en nuestra administracion interior, conoceriamos el curso de los negocios publicos y su mecanismo, morariamos tambien de la consideracion personal que impone a los ojos del pueblo cierto respeto maquinal que es tan necesario conservar en las revoluciones. He aqui por que he dicho que estabamos privados hasta de la tirania activa, pues que no nos esta permitido ejercer sus funciones.
Los americanos en el sistema español que esta en vigor, y quiza con mayor fuerza que nunca, no ocupan otro lugar en la sociedad que el de siervos propios para el trabajo y, cuando mas, el de simples consumidores; y aun esta parte coartada con restricciones chocantes; tales son las prohibiciones del cultivo de frutos de Europa, el estanco de las producciones que el rey monopoliza, el impedimento de las fabricas que la misma Peninsula no posee, los privilegios exclusivos del comercio hasta de los objetos de primera necesidad; las trabas entre provincias y provincias americanas para que no se traten, entiendan, ni negocien; en fin, ¿quiere v. saber cual era nuestro destino? Los campos para cultivar el añil, la grana, el cafe, la caña, el cacao y el algodon; las llanuras solitarias para criar ganados, los desiertos para cazar las bestias feroces, las entrañas de la tierra para excavar el oro que no puede saciar a esa nación avarienta
Tan negativo era nuestro estado que no encuentro semejante en ninguna otra asociacion civilizada, por mas que recorro la serie de las edades y la politica de todas las naciones. Pretender que un pais tan felizmente constituido, extenso, rico y populoso sea meramente pasivo, ¿no es un ultraje y una violacion de los derechos de la humanidad?
Estabamos, como acabo de exponer, abstraidos y, digamoslo asi, ausentes del universo en cuanto es relativo a la ciencia del gobierno y administración del Estado. Jamas eramos virreyes ni gobernadores sino por causas muy extraordinarias; arzobispos y obispos pocas veces; diplomaticos nunca; militares solo en calidad de subalternos; nobles, sin privilegios reales; no eramos, en fin, ni magistrados ni financistas, y casi ni aun comerciantes; todo en contravencion directa de nuestras instituciones.
El emperador Carlos V formo un pacto con los descubridores, conquistadores y pobladores de America que, como dice Guerra, es nuestro contrato social. Los reyes de España convinieron solemnemente con ellos que lo ejecutasen por su cuenta y riesgo, prohibiendoles hacerlo a costa de la real hacienda, y por esta razon se les concedia que fuesen señores de la tierra, que organizasen la administración y ejerciesen la judicatura en apelacion; con otras muchas exenciones y privilegios que seria prolijo detallar.
El rey se comprometió a no enajenar jamas las provincias americanas, como que a el no tocaba otra jurisdiccon que la del alto dominio, siendo una especie de propiedad feudal la que alli tenian los conquistadores para siy sus descendientes. Al mismo tiempo existen leyes expresas que favorecen casi exclusivamente a los naturales del pais, originarios de España, en cuanto a los empleos civiles, eclesiasticos y de rentas. Por manera que con una violación manifiesta de las leyes y de los pactos subsistentes, se han visto despojar aquellos naturales de la autoridad constitucional que les daba su codigo.
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